Las notificaciones electrónicas en la Provincia de Buenos Aires

Las herramientas informáticas al servicio de los operadores jurídicos.

Un avance en el sistema de administración de justicia.

 

Por María Angela Amante. Trabajo Final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral Edición 2016.

 

Hace algunos años era impensado hablar de notificaciones judiciales sin hacer referencia a la Oficina de Notificaciones y a la persona del Oficial Notificador, o de la presentación de un escrito en la mesa de entradas de un juzgado sin la necesidad de trasladarnos físicamente hasta allí para poder concretarlo.

El surgimiento de nuevas tecnologías, puestas al servicio de las diferentes áreas de la vida, parece no tener límites en cuanto a las innovaciones y usos que nos brindan. Es así como el servicio de justicia no es la excepción, y al parecer las innovaciones tecnológicas son muy prometedoras en este sentido.

Tanto en los fueros de la Justicia Nacional, Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fuero Federal y en particular en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, desde hace un tiempo se comenzó a gestar esta idea que despierta aún hoy, con su implementación ya en marcha, amores y enojos, pero que sin duda podemos asegurar que no resulta indiferente entre los operadores jurídicos.

La implementación de los sistemas informáticos en la justicia de la Provincia de Buenos Aires que dan soporte a la gestión de los fueros de los Departamentos Judiciales, hace que el uso de estas herramientas tecnológicas permita agilizar los trámites judiciales, acotando los tiempos que insume la gestión de justicia.

Desde que la idea comenzó a gestarse y se hizo ley, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA) inició un camino de cambios estructurales que avanza a paso firme. Se proveyeron recursos técnicos que habilitan a los letrados a realizar presentaciones electrónicas, desde el Portal web de Notificaciones, dejándolas disponibles para que el organismo público de destino proceda a su confronte y posterior diligenciamiento, cuando así lo requiera.

Uno de los fundamentos de la normativa que implementa este nuevo sistema, es que estos recursos tendrán directa repercusión en la eficiencia del servicio de justicia, reduciendo los tiempos del proceso, en concordancia con los artículos 15 de la Constitución Provincial (CPBA), 18 de la Constitución Nacional (CN) y 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, tendiendo a una paulatina reducción en la utilización del soporte papel en los expedientes judiciales, con fundamento en el artículo 48 de la Ley 25.506, cuya adhesión la Provincia de Buenos Aires realizó mediante la Ley 13.666 y que contempla la Protección del medio ambiente (reducción de la utilización de papel – cfr. arts. 41 de la CN y 28 de la CPBA). En este orden de ideas fue necesario establecer que el documento digital tal y como se pretendía implementar, satisface el recaudo de escritura que impera como regla para los actos procesales en nuestro sistema judicial (Cfr. art. 6 de la ley 25.506).

Desde cualquier computadora con acceso al servicio de internet se puede acceder el portal denominado “Notificaciones y Presentaciones Electrónicas” en la página web de la SCBA (http://www.scba.gov.ar). Este portal permite, previa validación de la firma del profesional, acceder al expediente judicial y realizar actos procesales impulsorios válidos.

El proyecto es ambicioso y apuesta a más. Las herramientas actuales son tan solo el puntapié inicial de lo que intenta encaminarse a ser el “expediente electrónico”. Desde la implementación de la Ley 14.142 y su reglamento, las notificaciones y presentaciones electrónicas rige tanto para los fueros: Civil y Comercial, Contencioso Administrativo, de familia, del trabajo y organismos de la administración de justicia y dependencias de la SCBA.

Esta herramienta informática permite a los operadores jurídicos, tomar contacto con el expediente y realizar actos procesales impulsorios sin la necesidad de concurrir a la mesa de entradas del juzgado donde tramita. El aplicativo permite la emisión y recepción de cédulas de notificación dirigidas a domicilios constituidos, ya sea de oficio o por impulso de las partes. Asimismo, las partes pueden confeccionar y presentar electrónicamente escritos y oficios.

La implementación de este sistema requirió modificar el Código Procesal Civil y Comercial (CPCCBA) en relación con el sistema de notificaciones para que este sistema pudiera ser implementado. Mediante la Ley 14.142 reglamentada por la Acordada SCBA 3540/11, se modificó el artículo 40 del CPCCBA mediante el que se establece el imperativo de denunciar en la primer intervención que la parte tenga en el proceso, juntamente con un domicilio dentro del perímetro de la ciudad que sea asiento del respectivo juzgado o tribunal, una casilla de correo electrónico, la que será asignada oficialmente al letrado que asista a la parte “en la que se le cursarán las notificaciones por cédula que no requieran soporte papel y la intervención del Oficial Notificador” (Cfr. art 1 ley 14.142).

Asimismo, incluye la notificación por medio electrónico entre los medios de notificación mencionados en el artículo 143, artículo 16 y lo hace extensivo a la notificación en los concursos y quiebras de la ley 24.552 (Cfr. Art 2, 6 y 7 ley 14.142 respectivamente).

Incorpora el artículo 143 bis, donde se hace mención expresa a la “Notificación por correo electrónico”, asimilando las consecuencias jurídicas de su emisión a la de las cédulas en soporte papel, esto es su propia notificación (Cfr. Art 3 Ley 14.142).

La SCBA reglamento el uso obligatorio del sistema en forma paulatina y unánime para toda la Provincia de Buenos Aires. Un gran avance sin dudas en cuanto a poder realizar un acto jurídico procesal impulsorio en un expediente radicado en cualquier departamento judicial desde una PC que tenga instalado el certificado de validación de firma electrónica del operador jurídico que lo habilita.

Inicialmente se estableció un cronograma mediante la Acordada SCBA N° 3733 que preveía las fechas en las que el sistema debía estar operativo para todos los usuarios, previendo que para febrero de 2016 todo el sistema se encontraría operativo, comenzando por las dependencias administrativas y jurisdicciones de la SCBA, luego se sumarían los diferentes fueros afectados, los entes públicos Provinciales, los Nacionales, los municipios y finalmente los letrados y auxiliares de la justicia. Este cronograma en los hechos resultó ambicioso, porque en menos de un año pretendía que todo el sistema estuviera operativo y completo.

El 27 de abril de 2016, la SCBA hizo lugar a la solicitud formulada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y ordenó hasta el 1º de agosto de 2016, la coexistencia del sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas con el tradicional esquema de presentaciones en formato papel (Resolución SCBA N° 707/16).

Posteriormente la SCBA mediante la Resolución N° 1647/16 prorrogó la coexistencia de ambos sistemas hasta tanto el Tribunal evalúe el informe que deberá elaborar la Mesa de Trabajo creada por Resolución N° 3272/15 y ampliada por Resolución N° 1074/16; dejando sin efecto el artículo 1º de la Resolución Nº 1407/16.

La SCBA mediante varias resoluciones dispuso que por intermedio del Instituto de Estudios Judiciales y de la Subsecretaría de Tecnología Informática del organismo, se implementaran jornadas de capacitación a los funcionarios letrados de los órganos Jurisdiccionales alcanzados por lo Dispuesto en el Acuerdo N° 3733 de todos los Departamentos judiciales.

Asimismo, se han creado tutoriales a fin de informar y asistir a los profesionales para la implementación del sistema. Tanto la SCBA como los diferentes Colegios de Abogados y Consejos Profesionales ofrecen diferentes instructivos que orientan a los letrados en la utilización del sistema y gestión del certificado habilitante para acceder a éste. Mediante acuerdos de colaboración con el área de sistemas de la SCBA, se brindan aún hoy charlas informativas en los Colegios profesionales.

Según datos oficiales publicados en la página de la SCBA, al 1° de Octubre de 2016, ya hay 40.189 usuarios del sistema con certificado que efectuaron notificaciones o presentaciones electrónicas, se realizaron 1.583.420 notificaciones y 2.044.477 presentaciones (http://www.scba.gov.ar/servicios/estadisticasnoti.asp, 10/10/2016).

No hay duda de que el uso de estas herramientas informáticas permitirá agilizar los trámites judiciales, acortando los tiempos que insume la gestión de justicia y reasignando los recursos económicos y humanos para una mayor eficiencia y eficiencia de todo el sistema.

Como todo cambio, su implementación puede generar incomodidades. Con un pequeño esfuerzo de todos los operadores jurídicos a los que está destinada la implementación de estos modernos recursos, la transición puede resultar más amena.

Sin duda la implementación de las nuevas tecnologías brindarán en el corto plazo sus frutos y las incomodidades quedarán rápidamente en le olvido,

El sistema de notificaciones electrónicas ya esta instalado entre nosotros y llegó para quedarse. Viene de la mano de las presentaciones electrónicas y parece no conformarse sólo con eso. Pretende alcanzar el no menos ambicioso proyecto del expediente electrónico. ¿Será este el principio de un nuevo servicio de justicia en nuestro país? Solo el tiempo lo dirá. Mientras tanto, conectemos nuestros token y aprovechemos los recursos tecnológicos puestos al servicio de la profesión.


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