Primer Congreso Peruano de Moda, Ética y Derecho

Congreso Peruano copia

Este Primer Congreso busca ser un puente entre creativos y profesionales del derecho de modo de analizar las potencialidades que pueden asegurar y consolidar el negocio de modo sustentable.

Fecha: Miércoles 1 de marzo y jueves 2 de marzo de 2017.

Horario: de 18 a 21 horas

Lugar: Auditorio “José León Barandarián” del Colegio de Abogados de Lima, Av. Santa Cruz 255.

Con participación de expositores internacionales.

Entrada libre y gratuita con previa inscripción.

Cupos limitados.

Entrega de certificados de asistencia.

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Los 10 trabajos + consultados de 2016

 

Gracias por los aportes!

 

Durante el año 2016 los trabajos más consultados de esta página han sido:

  1. Libros de comercio obligatorios según el Código de Comercio por Susy Inés Bello Knoll.
  2. Prescripción y caducidad en el derecho laboral argentino y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Fabián Hilal.
  3. La obligación de llevar contabilidad por Susy Inés Bello Knoll.
  4. Notas complementarias a los estados contables por Pablo Nacusi.
  5. El Convenio de Desalojo en la Argentina a partir de la implementación del Nuevo Código Civil y Comercial por Jacqueline Berkenstadt.
  6. El plazo en el contrato de arrendamiento rural por María Victoria Arias Mahiques.
  7. Fideicomiso testamentario. Plazo máximo posible de ejercicio de la administración de los bienes del causante por parte del fiduciario por Ricardo Daniel Tapia.
  8. Validez de las donaciones realizadas por una sociedad anónima a favor de entidades sin fines de lucro por Hernán Ducret.
  9. Análisis del art. 261 de la ley 19.550. Honorarios de directores y síndicos en la sociedad anónima por Federico Frachia Sabarís.
  10. El síndico societario y la responsabilidad social empresaria por Susy Inés Bello Knoll.

 

La Protección de la Propiedad Intelectual en la Película Cinematográfica

Por Matías Leguer. Trabajo Final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral Edición 2016.

 

El presente trabajo tiene por objeto indicar las principales características y protecciones legales de los autores y/o titulares de los respectivos derechos intelectuales en relación a la película cinematográfica.

Sumario: 1. Nacimiento de la obra. 2. Complejidad de titulares y derechos en la obra cinematográfica. 3. Medidas específicas para la correcta protección legal de la propiedad intelectual de la obra cinematográfica.

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Modos de adquirir derechos mineros en la República Argentina

Por Delfina Isoardi. Trabajo Final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral Edición 2016.

 

El Código de Minería en su artículo 44 establece que las minas se adquieren en virtud de concesión legal, otorgada por autoridad competente,  siendo únicamente objeto de la misma, los descubrimientos y las minas caducas y vacantes.

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Las notificaciones electrónicas en la Provincia de Buenos Aires

Las herramientas informáticas al servicio de los operadores jurídicos.

Un avance en el sistema de administración de justicia.

 

Por María Angela Amante. Trabajo Final del Premaster Semipresencial CUDES-Universidad Austral Edición 2016.

 

Hace algunos años era impensado hablar de notificaciones judiciales sin hacer referencia a la Oficina de Notificaciones y a la persona del Oficial Notificador, o de la presentación de un escrito en la mesa de entradas de un juzgado sin la necesidad de trasladarnos físicamente hasta allí para poder concretarlo.

El surgimiento de nuevas tecnologías, puestas al servicio de las diferentes áreas de la vida, parece no tener límites en cuanto a las innovaciones y usos que nos brindan. Es así como el servicio de justicia no es la excepción, y al parecer las innovaciones tecnológicas son muy prometedoras en este sentido.

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Impacto de la innovación y la tecnología. Protección legal frente a la creatividad

Por Susy Inés Bello Knoll[1] y Pamela Echeverría[2]. Publicado en el Suplemento de Análisis legal del Diario EL PERUANO, Segunda Etapa, Año 10, No. 619 del 25 de octubre de 2016 en la página 6.

El vocablo “derecho” proviene del latín directum que significa “lo que está conforme a la regla”. Universalmente se concluye que el Derecho es una ciencia social que tiene por objeto, a través de normas, regular la vida en sociedad, estableciendo derechos y obligaciones para asegurar el orden social.

Observamos en lo dicho hasta aquí que la ciencia está íntimamente ligada a la tecnología y que el científico y el técnico realizan trabajos que no son ajenos entre sí[3]. Por ello, siendo el derecho una ciencia, como hemos indicado, participa en el proceso de correlación descripto y trataremos de ilustrarlo con la consideración de algunos temas que relacionan las empresas de la Moda con la Tecnología y el Derecho.

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La problemática de las patentes indispensables en estándares técnicos y la eficacia de los compromisos de licencia en términos FRAND

Por Fernando Carbajo Cascón. Publicado en la Revista Electronica de Direito. Centro de Investigación Juridica Económica. Universidad de Porto, Portugal.OCTUBRE 2016.

 

Patentes esenciales en estándares (SEP); Derecho de la Competencia; Propiedad Intelectual; Licencias justas; razonables y no discriminatorias (FRAND); Emboscada de patentes; Bloqueo de patentes.

RESUMEN: Los estándares tecnológicos pueden aportar sustanciales ventajas para el desarrollo industrial y económico, al tiempo que importantes riesgos para la competencia. Especialmente cuando algunos titulares de patentes indispensables aprovechan para desplegar estrategias orientadas a exigir elevados royalties, bajo la amenaza de no conceder licencia y ejercer acciones por infracción de su derecho de patente. Las políticas FRAND desarrolladas por las organizaciones de estandarización no son eficaces por sí solas para superar esta situación, siendo necesario recurrir al derecho de la competencia para prevenir y reprimir comportamientos incorrectos de las empresas que participan en el estándar poniendo en riesgo la competencia en el mercado. No obstante, la solución final del problema va a depender de una adecuada definición del procedimiento para negociar y del contenido preciso de licencias en condiciones justas, razonables y no equitativas (FRAND).

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Derecho de la moda ¿rama del derecho?

«El árbol de las leyes ha de podarse continuamente”. Anatole France.

 

 Por Mario Dubois. Miembro del Fashion Law Institute Argentina.

 

Siguiendo al Maestro LLambías, el derecho puede ser definido como el conjunto de normas aplicadas coercitivamente por la autoridad pública[1].

Para poder realizar el estudio y aplicación de las mismas es necesario agruparlas científicamente, en razón de su cantidad y variedad.

La más amplia agrupación surge de la clasificación que viene del derecho romano que los divide en derecho público y derecho privado dependiendo del interés que protegía la norma, si era el del Estado o el de los particulares.

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Comparando Modelos: Derecho de la Moda en Juris Diversitas

Por Susy Inés Bello Knoll. Publicado en la web chilena LWYR el 30 de julio de 2016.

 

Del 31 de mayo al 1 de junio de 2016 se realizó la Conferencia Anual de Juris Diversitas. Juris Diversitas se fundó en el año 2007 como una comunidad internacional e interdisciplinaria para el estudio de la diversidad de normas y movimientos legales alrededor del mundo. Originalmente estaba sólo compuesta de especialistas en derecho comparado pero poco a poco se fue abriendo al trabajo multidisciplinario con lingüistas, sociólogos, geógrafos, antropólogos, historiadores, economistas y filósofos, dentro y más allá de la ley, de modo de explorar la interacción de ella con todas las ramas de las ciencias humanas y sociales.

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