El dictamen de los servicios jurídicos de la Administración

Por Ezequiel Cassagne. Socio Estudio cassagne abogados 

Publicado en La Ley el 15 de agosto de 2012

 

Sumario: I. El debido procedimiento previo como requisito esencial del acto administrativo.- II. La función consultiva jurídica.- III. El dictamen proveniente de los servicios permanentes de asesoramiento jurídico.

Abstract: «La finalidad de una función consultiva jurídica previa a la emisión de los actos administrativos no es otra que el apego a la legalidad por parte de la actuación administrativa, más allá de la eventual responsabilidad que pudiera evitarse si la fuerza técnica del dictamen disuadiera el dictado de un acto ilegítimo.»

  Sigue leyendo

El Buen Gobierno Societario en Bancos un aspecto peculiar de la RSEB

Presentado en la Jornada Nacional de Derecho Bancario y financiero 2012 en la Comisión 2: Responsabilidad y consumidor bancario. Temario: La responsabilidad en el Derecho Bancario: aspectos generales y casos específicos

 

Ponencia: El Buen Gobierno Societario en Bancos un aspecto peculiar de la Responsabilidad Social de la Empresa Bancaria (RSEB)

 

Por Susy Inés Bello Knoll y María Cecilia Lanús Ocampo

 

Sumario

La presente ponencia tiene como objetivo plantear y acercar a los profesionales del derecho bancario un aspecto peculiar y poco difundido en nuestro medio sobre la responsabilidad del management (léase directorio y alta gerencia) de la empresa dedicada a la actividad bancaria. Esta arista que no es menor la llamaremos Responsabilidad Social de la Empresa Bancaria (en adelante, RSEB) decimos que emerge con mucha fuerza al incorporar a las prácticas bancarias (ya sea de modo voluntario, contractual o regulatorio) reglas de buen gobierno que conforman en rigor parte del universo de la responsabilidad social de la empresa (RSE) en este caso dedicada a la actividad bancaria y/o financiera.
El Banco Central de la República Argentina sancionó el año pasado los llamados “Lineamientos para el gobierno societario de entidades financieras”, que en sus aspectos más importantes plantea la implementación de los principios de buen gobierno que implica fundamentalmente un claro límite entre buenas y malas prácticas de gestión, junto a un cambio en la cultura de la organización y administración bancaria pensando ya no en el beneficio solamente de la empresa sino en sus valores, su misión y función hacia los clientes y la comunidad local donde se desarrolla. Al referimos a gobierno societario en bancos apuntamos al impacto en la responsabilidad del directorio y la alta gerencia desde un punto de vista de un rol fiduciario. Los bancos que implementan sus estrategias y operaciones de acuerdo con el concepto de RSEB muestran un mayor compromiso con un comportamiento ético y socialmente responsable que repercute en la confianza del cliente y en beneficio de un sistema más sólido.

Sigue leyendo

Responsabilidad social empresaria: más que simples palabras

Por Carlos Daniel Cremaschi. Abogado, Escribano, Master Derecho Empresarial. Profesor de la Universidad Católica de Santiago del Estero y del Pre-Master de CUDES-Universidad Austral.

 

¿La actividad empresaria es amoral o tiene una función social?

Primeramente cabe aclarar que en nuestra legislación positiva vigente, por el momento, la Empresa –jurídicamente hablando- es un quid inmaterial y algo abstracto, consistente en la actividad de organización. No es sujeto de derecho; es en definitiva un concepto económico o extrajurídico diferenciado del empresario y del establecimiento mercantil (conf. Fontanarrosa, Rodolfo. “Derecho comercial argentino”, Ed. Zavalía, pags 173 y ss).

La Empresa, como actividad económica dirigida por el empresario, ha evidenciado a lo largo de los últimos siglos una evolución en torno a la percepción de la misma y el rol que juega la sociedad; podríamos decir que se fue “humanizando” la concepción y las funciones de aquella.

  Sigue leyendo

AFIP – Viajes al Exterior – 15 % Sobre las compras con tarjetas

Correcta interpretación de la aplicación de la alícuota del 15%. Diferencia con obligación aduanera sobre adquisiciones en el exterior

Por Ana Julia Gottifredi

 

Publicado el 13 de septiembre de 2012 en http://www.mercojuris.com

¿Cuánto puedo gastar?, ¿en qué puedo gastar?, ¿sobre qué excedente se aplica la pretensión aduanera  de 50%? Parecen ser las preguntas del día.

En la última semana, el Administrador Federal de Ingresos Públicos dictó las Resoluciones 3378 y 3379 por las cuales estableció la aplicación de una alícuota del 15% a todas las compras efectuadas en el extranjero  con tarjeta de crédito o débito o compras online; alícuota que podrá ser utilizada por los contribuyentes para cancelar sus obligaciones impositivas futuras.

Sigue leyendo

El incidente de investigación en los procesos concursales

Terreno cenagoso para las garantías constitucionales.

Por Miguel Eduardo Rubín. Publicado en El Derecho el día 30 de julio de 2012.

 

1. El extraño procedimiento multifunción.

¿Un acreedor apestilla al síndico concursal para que promueva una acción judicial (juicio de responsabilidad contra directivos de la sociedad fallida o contra terceros, acciones de ineficacia concursal, demanda de extensión de quiebra)? ¿Se ignora de quien son ciertos bienes en una quiebra[1]? En un concurso preventivo ¿aparece alguien denunciando que hay un acreedor cuyo voto no debiera pesar en los cómputos del concordato[2]? ¿El síndico no sabe por donde empezar su Informe General o como encarar un pedido de declaración de ineficacia de pleno derecho (art. 118 LCQ)[3]? Para todas esas hipótesis y para muchas otras, en los procesos concursales, se abre un incidente de investigación.  

 

Sigue leyendo

La verificación del crédito por parte de la administración tributaria

Por Pablo Hernán Della Picca

 

Publicado en ElDial.com el 22 de agosto de 2012

 

I.- Introducción

La prescripción es uno de los puntos neurálgicos en lo que a la relación entre el proceso concursal y el tributario concierne. En principio todo acreedor cuenta con un plazo no mayor de dos años, contados a partir de la presentación en concurso, para insinuarse en el pasivo del deudor. Independientemente de ello, la AFIP tiene un plazo de cinco o diez años –dependiendo de la situación del contribuyente (conf. art. 56 de la ley de procedimiento tributario, en adelante LPT)– para determinar y exigir el pago del tributo.

Es importante señalar que recién a partir de la sanción de la ley 24522 se incorporó el instituto en estudio a la materia concursal. Previo a ello, ninguna de las leyes que le precedieron contenían normas que fijaran un término para verificar el crédito, de modo que el plazo con el que contaba cada acreedor para exigir el mismo era el que surgía de la normativa particular que enmarcaba la relación jurídica entre el deudor y acreedor[1].

Sigue leyendo

Patentes de invención en la Industria de la Moda

Por Pamela Echeverría

 

www.derechodelamoda.com.ar/

www.derechodelamoda.blogspot.com.ar/

 

A grandes rasgos, podemos decir que una patente de invención es el derecho exclusivo de explotación y uso por el plazo de 20 años que la ley otorga a toda creación humana que tenga actividad inventiva, sea  novedosa y posea aplicación industrial.

Por novedosa debe entenderse que no esté comprendida dentro de los conocimientos que se hicieron públicos hasta ese momento (estado de la técnica); por aplicación industrial, que como consecuencia de la invención, se pueda obtener un producto o resultado y por último, por actividad inventiva, que la invención no sea una consecuencia evidente a la que cualquier entendido en la materia pueda llegar.

Sigue leyendo

Responsabilidad por mal asesoramiento en el mercado de capitales

Por Lanús Ocampo, María Cecilia

 

Publicado en LA LEY 2009-C, página 1221.

 

Sumario: SUMARIO: I. Introducción. – II. El «rol» del mercado de capitales. – III. El mercado de capitales «perfecto». – IV. El inversor individual (ahorrista) en el mercado de capitales. – V. El inversor bien informado. – VI. Responsabilidad civil del agente intermediario por mal asesoramiento al inversor en el mercado de capitales. – VII. Para concluir: Las consecuencias de posibles excesos regulatorios. Nuevamente el inversor – ahorrista vs. el agente intermediario asesor. – VIII. Conclusión.

La políticas implementadas sobre transparencia tienen como objetivo brindar la información necesaria para facilitar y lograr eficiencia en las decisiones de contratación de productos financieros. El trabajo tiene por objeto tratar acerca de la importancia de la información que se entiende como de carácter relevante para el inversor y esboza parámetros de responsabilidad hacia el agente intermediario (agente bursátil, traders, brokers o investment bankers) por mal asesoramiento al inversor en la oferta pública.

Sigue leyendo

Efectos no deseados del control de convencionalidad en materia penal y procesal penal

Por Rodrigo Dellutri

 

Publicado en El Derecho, numero 12.382, del 17 de noviembre de 2009.

 

I. Introducción.

Estas líneas tienen por objeto reflexionar acerca de los temas en los que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,[1] han producido efectos en materia penal y procesal penal, algunos de los cuales han sido duramente cuestionados. La relevancia de estas decisiones ha sido reforzada jurisprudencialmente a partir de lo resuelto por la Corte IDH en el año 2006, oportunidad en la que se hizo referencia por primera vez a la idea del control de convencionalidad, que impone a los jueces de los estados miembros verificar que los derechos y garantías en juego sean analizadas a través del baremo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.[2] Este documento internacional contiene distintas previsiones en el Preámbulo,[3] y en sus artículos primero[4] y segundo,[5] que no se agotan en el reconocimiento, protección y goce efectivo de los derechos esenciales del hombre, sino que impactan de lleno en el derecho doméstico, y que demandan de parte de los jueces nacionales una tarea de compatibilización,[6] entre éstas últimas y las contenidas en la Convención.

Sigue leyendo

Los juegos de Facebook como herramienta de marketing

Por Luciano Corbella.

www.lucianocorbella.intermetrika.com.ar/

Se estima que 250 millones de personas juegan a juegos en Facebook cada mes, hay miles de juegos de diferentes géneros para elegir, la gente pasa horas en ellos para relajarse y divertirse con sus amigos y otros miembros de Facebook de todo el mundo  y por todas estas razones las marcas los están utilizando  para conectar a la gente con sus productos.

Desde hace casi tres décadas las consolas de juegos invadieron los hogares, convirtiéndose en un eje importante del entretenimiento moderno y su aplicación en las redes sociales permite atrapar al público y hacerlo interactuar con la marca de manera prolongada, mucho mas que el contacto menor al minuto de una publicidad.

Sigue leyendo