El fideicomiso de garantía como alternativa al concurso preventivo

Tesis de Maestría en Derecho Empresario de la Universidad Austral

Del Magister Ariel Alejandro Gilbarg

Director de Tesis: Magister Darío Campos

 

Introducción

El presente trabajo tiene como objeto analizar alternativas extrajudiciales con el fin de encontrar una solución de carácter preventivo para el deudor con problemas de solvencia económica o financiera.

Así, ofreceremos una alternativa que le permita al empresario seguir con el giro habitual de su empresa, sin devenir en un estado falencial, entendiendo que tal hecho no haría más que agravar la situación del deudor, por exigir la erogación de cuantiosas costas judiciales, honorarios profesionales, extensión en el tiempo de su situación falencial como consecuencia de los prolongados concursos preventivos, como también, los perjuicios que le generará la condena social de quien “cae en desgracia”, ya sea por el concursamiento de la empresa, o bien por su quiebra.

En tal sentido, proponemos adoptar medidas de salvataje extrajudiciales de modo preventivo para refinanciar el pasivo empresario, mediante acuerdos preconcursales instrumentados a través de fideicomisos de garantía, por las consideraciones que desarrollaremos en el presente trabajo.

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Teletrabajo, el desafío de una realidad actual

Por Elizabeth Ortellado (Contadora Pública Nacional) y Eliseo V. Segura (Abogado), integrantes del equipo de profesionales de Technolegis (www.technolegis.com.ar)

 

El teletrabajo, es una manera de organizar y realizar el trabajo, caracterizada principalmente porque las personas desarrollan sus tareas alejadas del entorno físico de la empresa y que requieren para su desarrollo el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TICs)[1]. Es una forma de llevar a cabo una actividad laboral que exige de quienes la desarrollan nuevas competencias laborales, tales como trabajo en equipo, abordaje de conocimientos complejos, formación continua a lo largo de la vida profesional, aprendizaje colaborativo y una curiosidad innata o adquirida por saber qué nos pueden ofrecer las nuevas tecnologías en el momento de abordar la tarea. Encontramos entonces un nuevo concepto de “trabajo” donde se lo define como lo que hacen las personas, sin importar dónde lo hacen[2].

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Régimen de Pasantías para el Nivel de Educación Secundaria del Sistema Educativo Nacional

Publicado en La Ley. Suplemento de actualización el 15 de noviembre de 2011.

 

Por Carlos Alegre

 

La presidente reglamentó dos leyes fundamentales del sistema educativo: la Ley de Educación Nacional (1) y la Ley de Educación Técnico Profesional (2). Con el Decreto 1374/2011 se establecen las pautas mínimas que deben tener las pasantías en cada jurisdicción. Las provincias y la CABA podrían utilizar sus propias normativas, sin alterar la política educativa nacional.

De esta manera, concluye una resolución del Consejo Federal de Educación del año 2009 (3) que dispuso fijar pautas uniformes para todo el país.

La reglamentación también viene a cubrir algún vacío legal ocasionado por la ley de pasantías nacional de 2008 (4) que derogó expresamente leyes y decretos referentes a las pasantías.

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Aportes irrevocables y absorción de pérdidas

Por Noemí Bdil

 

Ponencia

  1. La constitución de aportes irrevocables con destino específico para absorción de pérdidas desvirtúa la verdadera naturaleza de este instituto, que es la entrega de acciones luego de su capitalización.
  2. No encontrándose contemplada esta situación en nuestra legislación, no deberá confundirse con el reintegro de capital previsto por el artículo 96 de la L.S.C.
  3. Siendo el fin último capitalizar el aporte irrevocable efectuado por el socio o tercero dentro del período exigido por la norma administrativa, se debería diferenciar el aportante socio del aportante tercero, en el caso de pérdidas anteriores al aporte.

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STR: la saga. Primera entrega: El Elefante o el Estado

Por Susy Inés Bello Knoll y Mariano Russo

 

Introducción

 

El camino para llegar a la responsabilidad social tecnológica tiene para nosotros algunas etapas que debemos contar. Por ello, nos hemos propuesto hacer tres pequeñas entregas que llamaremos así: ésta, la primera: el Elefante o el Estado; la segunda, la Hormiga o la Empresa, y la última, el Ratón o la Tecnología.

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Crisis financiera global. Incidencia en los mercados financieros y en las instituciones nacionales ¿Converger hacia una regulación uniforme?

Por María Cecilia Lanús Ocampo

Publicado en el Suplemento La Ley Actualidad del 14 de mayo de 2009, página 1.

 

Sumario:  I. Introducción. – II. Reseña de la Crisis Financiera Internacional. – III. Globalización de los Mercados Financieros. – IV. Libre movimiento de capital en los mercados financieros y conversión de sistemas financieros nacionales. – V. Estructura financiera internacional y los nuevos paradigmas. – VI. Incidencia en las Instituciones Nacionales: Converger hacia una regulación uniforme. El caso instituciones bancarias: horizontes de nuevos desafíos en la supervisión. – VII. Conclusiones.

 

I. Introducción

En las últimas décadas el mundo ha sido protagonista de una de las transformaciones más profundas que ha impactado en los mercados en general y en el mercado financiero en particular. Hechos vinculados de manera muy estrecha con la liberalización de los sistemas financieros nacionales, los avances tecnológicos que impactaron fuertemente en las comunicaciones y en la productividad general de las operaciones, las transacciones transfronterizas, la integración internacional, la desmaterialización de los activos financieros, la obtención de información en tiempo casi real y la velocidad de ejecución de operaciones financieras.

Más reciente vivimos y fuimos testigos de una de las crisis financieras más grandes de la historia de la humanidad, la cual aún estamos transitando y aún no se observa un final certero al corto plazo. La magnitud de la misma (1) producto quizá de las nuevas dimensiones a escala mundial que han tomado los mercados financieros y los movimientos de capitales.

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Hacia una economía con rostro humano: El capital social en acción para superar la crisis

Por Jorge Eduardo Devesa, Docente e Investigador, Doctorando en Ciencias Económicas Universidad Nacional de La Matanza – UNLaM,Buenos Aires, Argentina.

 

Resumen

En momentos de crisis,  cuando las sociedades son puestas a prueba y pese a todo el sufrimiento de las mayorías silenciosas,  es cuando pueden surgir los nuevos paradigmas. En esta, la peor crisis de la humanidad desde 1930, cuando  los recursos económicos, financieros y naturales parecieran no alcanzar para garantizar el acceso a los derechos humanos básicos,  el capital social se presenta como una herramienta esencial para superarla construyendo un nuevo orden social. Argentina luego de soportara la peor crisis de su historia está mostrando al mundo, a través de ejemplos concretos de capital social en acción, que otra forma de hacer las cosas es posible, construyendo a partir de un desarrollo con Ética,   con un nuevo rol del Estado, de la Responsabilidad Social Empresaria, de la Universidad, del Voluntariado, del respeto por los Derechos Humanos y al Medio Ambiente y a través de la participación de la ciudadana  una economía con rostro humano y una sociedad para todos.

 

 Introducción

La  economía es una ciencia social y como tal ha nacido ligada profundamente a la ética. En las últimas décadas el pensamiento económico dominante  y que fuera puesto en práctica desde los 70 en Latinoamérica y luego en los 90 a partir del Consenso de Washington  en el mundo, escindió fuertemente la ética de la economía.  La actual crisis global,  la peor en la historia de la humanidad desde 1930,  si bien es definida por muchos como una crisis sistémica, ya que es económica, energética, alimentaria y ambiental, esencialmente es ética.  Como tan claramente nos viene alertando en innumerables artículos el Dr. Bernardo Kliksberg en estos tiempos, “Es un “tsunami ético”… “Los más vulnerables del mundo están pagando ya los costos de todos estos errores.” [1]

Es necesario entonces volver a analizar las relaciones entre ética y economía, la crisis, ha potenciado su necesidad, y está surgiendo una nueva disciplina la Ética del Desarrollo, que se enfoca en estas relaciones.   “Es imprescindible en una América Latina agobiada por grados agudos de pobreza y desigualdad (casi uno de cada dos latinoamericanos es pobre, la pobreza es más elevada que en 1980, la desigualdad es la mayor del planeta) recuperar la estrecha relación que debería haber entre valores éticos y comportamientos económicos. Ello significa poner en el centro de la agenda pública temas como la coherencia de las políticas económicas con los valores éticos, la responsabilidad social de la empresa privada, la eticidad en la función pública, el fortalecimiento de las organizaciones voluntarias, y el desarrollo de la solidaridad en general.”[2]

 


[1] Kliksberg Bernardo “Tsunami ético” La Nación 10/10/ 2008.

[2] Kliksberg Bernardo “Más ética, mas desarrollo” (2003) 19va. edición Ed. Temas

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El derecho humano al medio ambiente: el caso de los pueblos autóctonos

Publicado en American University International Law Review. Volume 24, Issue Number 1. December 2008.

 

Por Rodrigo Dellutri.

Abogado, egresado de la Universidad de Buenos Aires (1998), Especialista en Derecho Penal de la Universidad Austral, Buenos Aires, Argentina, (2003), Masters in Law (L.L.M.) por Louisiana State University (Louisiana, EE.UU.). Se desempeña como funcionario en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Republica Argentina. El autor agradece la constante guia y consejo de Susy Bello Knoll y Alberto Luis Zuppi, y el amoroso e incondicional apoyo de Laura Hernández.

 

Introducción

I. Relación entre cláusulas operativas y programáticas

A. Las generaciones de derechos humanos

B. Instrumentos internacionales relacionados con el medio ambiente

C. La declaración de las Naciones Unidas sobres los derechos de los pueblos indígenas

D. El medio ambiente en las constituciones latinoamericanas

E. El derecho de los pueblos indígenas a la tierra en las constituciones de los países analizados

II. Decisiones de los organismos de verificación del sistema interamericano de protección de los derechos humanos

A. Comisión interamericana de derechos humanos

B. Corte interamericana de derechos humanos

C. Jurisprudencia a través del mundo

Conclusiones

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La problemática jurídica de las antenas de telefonía móvil: conflictos competenciales, daño a la salud, tributación, derecho a la extensión de redes y métodos para la optimización de su uso

Por Esteban Russell y Eliseo Segura.

 

1. Origen y evolución de la Telefonía móvil en Argentina.

 

2. Las radiocomunicaciones. El espectro radioeléctrico: titularidad y usos.

 

3. La necesidad de las estructuras de antenas de telefonía móvil.

 

4. La cuestión competencial. Introducción. El sistema federal y la división de poderes.

4.1. La competencia federal del servicio de telecomunicaciones.

4.2. El principio de prevalencia federal.

4.3. Algunos casos emblemáticos.

4.3.1. Municipalidad de Lanús.

4.3.2. Municipalidad de Ituzaingó.

4.3.3. Provincia de Santa Fe.

4.4. Conclusiones.

 

5. Normativa aplicable.

5.1. Normas regulatorias del sector de las telecomunicaciones.Diferenciación entre las “EDSA” y las frecuencias emitidas por la antena.

5.1.1. El servicio y las radiaciones.

5.1.2. Las EDSA.

5.2. Normas relacionadas con la supuesta afectación de la salud que producirían las radiaciones emitidas por las antenas de telefonía móvil.

5.2.1. Introducción. Normativa aplicable.

5.2.2. Las radiaciones no ionizantes. La potencia emitida en la telefonía celular. El principio de autolimitación de la potencia emitida. 

5.2.3.  Conclusiones.

5.3. Normas relacionadas con la ubicación de las estructuras dentro del ejido municipal (impacto ambiental y zonificación).

5.4. Normas que tratan la tributación sobre las “EDSA” y las antenas.

5.4.1. Conclusiones.

5.5. Normas relacionadas con la altura y especificaciones de seguridad, sancionadas por la Fuerza Aérea Argentina. 

 

6. El derecho de las operadoras móviles a extender sus redes.

6.1. Libertad de comercio (art. 14 CN).

6.2. Ley de telecomunicaciones.

6.3. El interés público involucrado en la expansión de las redes de telecomunicaciones.

6.4. Obligaciones relacionadas con el cumplimiento de los pliegos: cobertura y calidad del servicio.

6.5. ¿Es coherente un sistema de Licencias accesibles con el entorpecimiento a la extensión de redes de telecomunicaciones?

6.6. Extensión de redes de telecomunicaciones y defensa de la competencia.

 

7. Métodos para optimizar la utilización de las redes móviles.

7.1. Operadores Móviles Virtuales.

7.1.1. Definición. Competencia en redes y competencia en servicios.

7.1.2. ¿Es posible jurídicamente la entrada de OMV en Argentina?

7.1.3. ¿Es conveniente la entrada de OMV en Argentina?

7.2. Uso Conjunto. 

7.2.1. La Coubicación.

7.2.2. El Uso Conjunto. Distinción con la Coubicación.

7.2.3. Intensidad de la obligación del otorgamiento del Uso Conjunto.

 

8. Conclusión y postulados.

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El fiscal de la competencia (ley de defensa de la competencia)

 

Publicado en www.aduananews.com, diciembre de 2006 revisado por el autor a junio de 2012.

 

Por Pablo H. Della Picca

 

Palabras pre preliminares

En el presente trabajo se analiza un proyecto presentado en el recinto legislativo que a la fecha, lamentablemente, no se ha convertido en ley. Es penoso que así sea pues lo que con el mismo se pretende seguramente reportaría resultados ventajosos en una materia tan sencible como el derecho de la competencia.

No caben dudas de que el mercado –macroeconomía– de nuestro país no es el mismo que el del año 2006 –año en que el proyecto obtuvo media sanción– ni mucho menos el de 1999 –año en que se sancionó la ley 25156–, empero, los principios que esta disciplina procura proteger son los mismos. Esto no solo permite afirmar no es tarde para reanimar la iniciativa, sino que incluso resulta necesario.

En este aspecto, no debemos dejar de bregar por la definitiva conformación del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.

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