Cambio de paradigma: producción y consumo responsable

Por Lourdes Arias. Barcelona, 9 de abril de 2020.-

El mundo entero se encuentra atravesando una crisis sanitaria que afecta a todos los sectores de la sociedad, a todas las industrias y, lo más importante, a las personas. Hoy muchos estamos cumpliendo el confinamiento obligatorio y otros se encuentran poniendo su cuerpo, saliendo a trabajar cada día para que el sistema sanitario y las necesidades básicas de cada uno de nosotros se encuentren cubiertas ¡a todos ellos mi total agradecimiento!

Estoy convencida de que toda crisis trae grandes desafíos como también oportunidades. Es cuestión de desarrollar la capacidad de adaptación, ser receptivos a los cambios y no resistirlos. En este sentido, las empresas también son víctimas de esta crisis y actualmente los órganos de administración y el management de las mismas se encuentran rediseñando sus estrategias para priorizar la salud de los trabajadores y consumidores y adaptarse a la nueva realidad, siendo más flexibles y sensibles a las necesidades de los grupos de interés tanto internos como externos. Claro está que aquellas empresas que ya tienen incorporado en su business core políticas y prácticas socialmente responsables están pudiendo dar respuestas rápidamente, adaptándose a la nueva realidad que vivimos, pero el gran desafío está en otras tantas empresas que recién están comenzando a asumir la importancia de ser socialmente responsable.

La crisis del Covid-19, entre otros aspectos, puede ser un buen momento para que los gobiernos, empresarios, accionistas, productores y comerciantes analicen, repiensen y rediseñen el modelo de negocio que será sostenible y rentable en el futuro. Como también es una gran oportunidad para que los consumidores reflexionemos sobre qué tipo de productos y servicios queremos consumir, ya que está en nuestras manos elegir aquellos que sean el resultado de un modelo de negocio donde prime la ética, la sostenibilidad y el compromiso social y ambiental.

Reflexionando sobre las consecuencias que dejará el Covid-19 en el aspecto económico, considero que habrá dos alternativas para superarlas (i) individualmente, buscando el bienestar propio a costa del sufrimiento o la pobreza de otros; o (ii) colectivamente, repensando la forma de crear riqueza de manera más justa y equitativa, diseñando nuevas estrategias orientadas a un modelo de negocio más ético, sostenible y responsable. Confío en que todos, o la gran mayoría, no dudamos que la opción (ii) es el futuro que queremos para nosotros y las próximas generaciones.

Por otro lado, muchos profesionales nos encontramos capacitándonos en temas ambientales, sociales, éticos, de innovación, de impacto, etc. con el fin de contribuir a generar un cambio en el ámbito empresarial. Asimismo, se han creado movimientos que agrupan a empresas de impacto/sostenibles, como B Corporation, B Lab Europe, B Lab Spain, Sistema B, World Fair Trade Organization, entre otras. No obstante, no solo las empresas tienen que cambiar para ir hacia una sociedad más sostenible, sino que cada uno de nosotros como consumidores podemos, o mejor dicho deberíamos, empezar a sensibilizarnos con el origen de lo que consumimos, analizando su etiquetado, buscando certificaciones ecológicas y apostando a los productos de cercanía (lo que se conoce como Kilómetro 0), valorando el ecodiseño, entre otras ideas.

Cada vez estamos más cerca de que se produzca un cambio de paradigma en relación al consumo, por lo tanto los productores, emprendedores, empresas familiares y, en general, toda aquella empresa que quiera generar un impacto en la sociedad están ante una gran oportunidad para innovar y contribuir a este cambio. Existen varias vías para producir, comerciar y consumir de manera responsable: productos de cercanía (Kilómetro 0), comercio justo, economía circular e inversión socialmente responsable.

Me detendré a explicar en qué consiste cada alternativa, y en caso de que al leer estas líneas sientan curiosidad e interés por saber más ¡los invito a que investiguen y profundicen estos temas! 

Productos de cercanía (Kilómetro 0).

Es una alternativa de producción y consumo que se inició en Estados Unidos en los años 70 e ingresó a Europa en los 80 por Italia con el movimiento Slow Food. Este movimiento busca crear un nuevo sistema de producción basado en la sostenibilidad alimentaria, en donde la comida sea sana y buena para el consumidor, para el agricultor y para el medio ambiente. Mediante esta tendencia se fomenta la integración de la producción, procesamiento, distribución y consumo de productos locales, para mejorar la economía, medio ambiente, salud y relaciones sociales de una localidad, comarca o región particular. Esta forma de producción y consumo puede traer las siguientes ventajas: (i) fomenta la economía local y contribuye al desarrollo de los pequeños productores; (ii) reduce el impacto medioambiental, ya que los productos se mueven en un radio máximo de 100 km desde su punto de origen y no atraviesan continentes y océanos como lo hacen actualmente la mayoría de los productos, lo que produce una reducción en la contaminación y en la emisión de gases de efecto invernadero; (iii) reduce los gastos económicos y energéticos derivados de la cadena de intermediación y transporte; (iv) fomenta el consumo de productos de temporada, frescos y naturales; (v) ayuda a conservar las especies vegetales autóctonas; entre otras. Este tipo de producción puede ser sumamente útil para que muchos productores de la industria alimentaria recuperen el terreno que fueron perdiendo ante las marcas blancas (o marcas del distribuidor).

Comercio justo.

Es un sistema comercial basado en el diálogo, la transparencia y el respeto, que busca una mayor equidad en el comercio internacional, prestando especial atención a criterios sociales y medioambientales. Contribuye al desarrollo sostenible ofreciendo mejores condiciones comerciales y asegurando los derechos de los productores y trabajadores desfavorables, especialmente en el Sur. Este movimiento social global no se limita a lo netamente comercial, sino que va más allá, es una forma de negociar que prioriza a las personas y al planeta en lugar de las ganancias, busca combatir la pobreza, el cambio climático, la desigualdad de género y la injusticia social. Las organizaciones que quieran trabajarlo y promoverlo deben cumplir los siguientes principios, que se encuentran alineados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (también conocidos por su sigla, ODS):

  • Creación de oportunidades para productores con desventajas económicas. Esto se logra apoyando a los pequeños productores marginados, ya sean empresas familiares independientes o agrupadas en asociaciones o cooperativas.
  • Transparencia y responsabilidad. Se debe garantizar la transparencia en la gestión y en las relaciones comerciales, siendo responsable ante todos sus grupos de interés tanto internos como externos, asegurando los canales de comunicación e involucrándose en la toma de decisiones.
  • Prácticas comerciales justas. El bienestar social, económico y ambiental de los pequeños productores marginados debe estar asegurado y no se debe maximizar las ganancias a expensas de ellos. Se crean relaciones a largo plazo, basadas en la solidaridad, la confianza, el respeto mutuo y la comunicación efectiva entre los socios comerciales.
  • Pago justo. El pago justo es el resultado de una negociación mutua, a través del diálogo y la participación continua de los miembros de la cadena de suministro. El pago justo debe componerse de precios justos, salarios justos y dignos.
  • Garantizar que no haya trabajo infantil o trabajo forzoso. Se debe procurar que no se utilice el trabajo infantil ni forzoso en la producción directa o en la cadena de intermediarios.
  • Compromiso con la no discriminación, la igualdad de género, el empoderamiento económico de la mujer y la libertad de asociación. No se debe discriminar a la hora de contratar, remunerar, capacitar, promover, etc. Asimismo, se debe promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como, garantizar el derecho a la libre asociación y negociación colectiva.
  • Buenas condiciones laborales. Facilitar un ambiente de trabajo saludable y seguro y las condiciones y horas de trabajo establecidas por las leyes locales y convenios internacionales.
  • Proporcionar el desarrollo de capacidades. Se debe trabajar en el desarrollo de los pequeños productores, para mejorar sus habilidades, capacidad de producción y el acceso al mercado de comercio justo a nivel local, regional e internacional.
  • Promoción del comercio justo. Promover la conciencia sobre el objetivo del comercio justo, brindar información a los clientes y consumidores sobre el movimiento, los productos y las organizaciones de productores.
  • Respeto por el medioambiente. Se debe maximizar el uso de materias primas adquiridas de fuentes gestionadas de forma sostenible, reducir el consumo de energía y, cuando sea posible utilizar energías renovables, materiales reciclados o fácilmente biodegradables para el embalaje, etc.

Como puede verse, este movimiento no concibe al comercio solo como una actividad económica donde prima el intercambio de bienes y servicios, sino que lo considera una interacción social entre personas y, por ello, tiene como base los principios antes mencionados ubicando a las personas y al planeta por delante de los intereses económicos. 

Economía circular.

Actualmente nos encontramos ante una economía lineal que consiste en la extracción, producción, consumo y eliminación, es decir que se fabrica un producto, se compra, se usa y luego se tira. Este modelo de producción y consumo trae grandes secuelas ambientales, tanto al momento en que el producto se fabrica como cuando acaba su ciclo de vida, y ello está generando que los recursos naturales se agoten. Como contrapartida, para asegurar el aprovechamiento de los recursos y la reducción del uso de materias primas, extender la vida útil de los productos y dotarlos de segunda vida, nace la economía circular.

Este modelo es más respetuoso del medioambiente y tiene como fin último que los productos sean diseñados de tal manera que puedan tener una mayor vida útil, sean reutilizados y reciclados. Por ejemplo, los móviles, un modelo de economía circular consistiría en diseñarlos de tal modo que sean fácilmente reparables, actualizables y auténticamente reciclables. Estimo que al leer estas dos últimas características a muchos se les vino a la cabeza una empresa, que diseña y produce equipos electrónicos, software y servicios en línea, que permite actualizar el software de los dispositivos electrónicos y en 2016 lanzó un programa de reciclaje y renovación de equipos electrónicos. Y este es sólo un ejemplo, ya que la economía circular puede aplicarse a todas las industrias. En la construcción se debería analizar el ciclo de vida de los materiales que se utilizan, los espacios construidos, etc. En la industria automotriz, también se vienen estudiando los costes de los vehículos en relación a su vida útil, y puede mencionarse la estrategia aplicada por una empresa francesa basada en utilizar las partes aprovechables de vehículos que han llegado al final de su ciclo de vida para la fabricación de nuevos vehículos. Se advierte que la economía circular puede ser el futuro; sólo es cuestión de que las empresas se comprometan cada vez más y comiencen a diseñar nuevas estrategias y modelos de negocios para adaptar sus productos a este modelo.

Inversión socialmente responsable.

Esta nueva forma de inversión surgió alrededor del año 2000 y consiste en una inversión que no sólo considera la rentabilidad, sino también el impacto social o ambiental para determinar dónde invertir y dónde no. Cada vez es mayor la inversión responsable, ya que los inversores, además de buscar una rentabilidad financiera y minimizar los riesgos, se sensibilizan activamente con los impactos sociales y ambientales derivados de la industria en la que invierten, como también con la buena gobernanza. Esto último, incluye, por ejemplo, actuar de manera activa en la empresa mediante el ejercicio de los derechos políticos en las asambleas de accionistas. Por lo tanto, se ve cómo podemos elevar nuestros estándares como consumidores y exigir una inversión socialmente responsable a aquellos fondos de inversión, generalmente fondos institucionales, que administran e invierten nuestro dinero.

En este sentido, son cada vez más los inversores que tienen en cuenta criterios financieros –como liquidez, rentabilidad y riesgo- como no financieros –ambientales, sociales y de buen gobierno- en la toma de decisiones de inversión. Por lo tanto, este tipo de inversión es una herramienta que puede contribuir a la promoción de políticas responsables en las organizaciones en las que se invierta y de esa manera generar un impacto positivo en relación a los aspectos sociales, medioambientales y de gobernanza corporativa. A modo de ejemplo, se puede mencionar la iniciativa Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo, que pretende ser un medio para movilizar la financiación de la Unión Europea, creando un marco para facilitar y promover las inversiones públicas y privadas necesarias para ir hacia una Europa sostenible. Este plan de inversión tiene como finalidad contribuir en la transición hacia una economía climática neutra, ecológica, competitiva e inclusiva.

Estoy convencida de que con creatividad e innovación podríamos repensar y rediseñar nuestro futuro para lograr un modelo de sociedad global en el que la reutilización, el reciclaje y la sostenibilidad estén integrados en el día a día, y así pasar de una economía lineal (actual) a una economía circular, más justa y sostenible.

Por último, si todavía tenés dudas de que nosotros como consumidores tenemos en nuestras manos la posibilidad de generar un cambio, te aconsejo que pienses en todas las veces que has visto una noticia donde se denuncia el trabajo infantil, la precarización laboral, la afectación del medioambiente, lamentablemente la respuesta será “muchas”. Entonces es momento de ser más conscientes a la hora de elegir qué producto o servicio consumir, y contribuyamos a que esos hechos dejen de existir. Por ello, tomemos este tiempo de reflexión para luego pasar a la ACCIÓN y, como consumidores podamos exigirles a las empresas que sean cada vez más responsables socialmente.

El día que puedas volver a tu rutina habitual, que la crisis Covid-19 haya quedado como un suceso que ocurrió a principios del 2020, recuerda que lo que podemos hacer individualmente, perjudica o beneficia a la sociedad en su conjunto, por lo tanto desde donde te toque, sea cual sea el sector, intenta hacer tu aporte y generar un impacto para que la sociedad del futuro (esperemos cercano) sea más justa, equitativa, responsable y sostenible.

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La primera experiencia de globalización fue hace 500 años

Por Susy Inés Bello Knoll[1]. Publicado en la Revista chilena LWYR el 20 de diciembre de 2019.

Si entendemos que la globalización es un proceso donde fundamentalmente se destaca la comunicación del mundo entero podemos afirmar que la aventura comenzada en el puerto de Sevilla en 1519, al frente del portugués de casi 50 años Hernando de Magallanes, es la primera huella de esta dinámica global[2]. Sigue leyendo

La moda sustentable. Su desarrollo en Argentina y como herramienta de inclusión social

Por María Ramallo. Tutor: Cástor Díaz Barrado. Trabajo Fin de Master en Acción Solidaria Internacional y de Inclusión Social (2017-2018). Universidad Carlos III. Madrid, 21 de mayo de 2018

 

Prólogo

En los próximos 20 años, la industria de la moda sufrirá cambios muy significativos. Sigue leyendo

Cuarta Edición Curso de Fashion Law en Milán: Le problematiche giuridiche della filiera della Moda

Por Susy Inés Bello Knoll. Conferencia de cierre del curso del año 2018 de Fashion Law. Reporte publicado en LWYR, Chile.

 

El mundo de la moda y la crítica económico-jurídica de la cadena productiva de la moda fue el foco de estudio de la cuarta edición del curso de perfeccionamiento en Fashion Law organizado por la Universitá degli Studi de Milán y de Insubria. Por la primera universidad estatal, la coordinadora fue la Dra. Rossella Cerchia y, por la segunda, la Dra. Barbara Pozzo, una de las coordinadoras del primer libro de Derecho de la Moda en idioma italiano editado por Giufré en el año 2016.

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El sobreendeudamiento del consumidor: Perú. Notas sobre el Proyecto de Ley No. 3267-2018: regulación especial al sobreendeudameinto financiero de personas físicas

Por Esteban Carbonell O´Brien. Publicado en Pacini Giuridica de la Universitá degli Studi di Siena. Volumen XLI.

RESUMEN: La legislación concursal peruana no prevé un tratamiento que alivie, la situación de falencia del consumidor sobreendeudado, solo limita su campo de acción, mediante el cual pueda acceder al concurso mercantil, aquella persona física siempre que al menos, la mitad de dicho endeudamiento sea producto, de una actividad empresarial. Ello, ratifica que el concurso está orientado a la persona jurídica. En efecto, el consumidor no recibe tutela efectiva frente a situaciones financieras de endeudamiento, al menos de manera regulatoria, mucho menos se cuida  la economía familiar. Somos conscientes que la realidad desborda el contenido de las normas, lo cual apunta a buscar salidas legales que motiven que la persona física tenga una alternativa, que le permita –entre otras cosas-  salir a flote, la búsqueda de un saneamiento de su propia economía familiar, la misma que muchas veces se ve sobrepasada, por el devenir de circunstancias ajenas a él.

SUMMARY: Peruvian bankruptcy law does not provide for a treatment that alleviates, the situation of deficiency of the over-indebted consumer, only limits its field of action, through which it can access the bankruptcy, that natural person provided that at least half of this indebtedness is product , of a business activity. This ratifies that the contest is oriented to the legal entity. In effect, the consumer does not receive effective protection against financial situations of indebtedness, at least in a regulatory manner, much less takes care of the family economy. We are aware that the reality exceeds the content of the rules, which aims to seek legal solutions that motivate the individual to have an alternative that allows him -among other things- to come out afloat, the search for a sanitation of his own economy family, the same that many times is overwhelmed, by the evolution of circumstances alien to him. Sigue leyendo

El cheque de pago diferido frente al concurso preventivo del librador

Por Rómulo ROJO VIVOT[1]. Publicado en: RDCO 300, 10/02/2020, 109 Cita Online: AR/DOC/8/2020. rrvivot@brvscu.com.ar

Sumario: I. Introducción. II. ¿Deben pagarse los cheques de pago diferido cuando el librador peticiona su concurso preventivo? III. Multa, inhabilitación y el cierre (compulsivo) de la cuenta corriente bancaria por rechazo de cheques. IV. Consideración final

I. Introducción

a) Pongamos por caso que una empresa libró, antes de solicitar la apertura de su concurso preventivo, cheques de pago diferido con fecha de pago posterior a dicho acto procesal.

En el mismo escrito en que peticiona la convocatoria de acreedores, también solicita al juez concursal, que oficie a las entidades bancarias con las que la empresa opera, con el fin de ordenarles que se abstengan de abonar dichos cheques, haciendo constar como causa del rechazo la leyenda “orden judicial de no pagar por presentación en concurso del librador”.

Asimismo, solicita que se le comunique a los bancos que los rechazos no deben ser informados al BCRA ni deben ser computados a los fines de aplicación de multas. Además, que deben abstenerse de cerrar la cuenta corriente por efecto del rechazo de tales cheques (en su caso, proceda a su reapertura). Idéntica solución requiere para aquellos cheques que fueron rechazados dentro de los treinta días corridos anteriores a su presentación concursal.

También solicita se libre oficio al BCRA, a fin de comunicarle que se abstenga de inhabilitar al concursado como cuentacorrentista.

b) La situación planteada, que se presenta en la gran mayoría de los concursos preventivos, incursiona en la temática de las medidas dictadas por los jueces concursales que tienden a preservar la igualdad de tratamiento de los acreedores, y a evitar que se afecte la continuidad de la actividad del deudor que ha declarado su estado de cesación de pago. La conjunción de estos dos valores es determinante para decidir la medida solicitada por el concursado.
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La Universidad de Salamanca: ocho siglos de estudios jurídicos y la época de Manuel Belgrano como estudiante de Derecho

Por Susy Inés Bello Knoll. Publicado en la Revista de Graduados de la Universidad Austral No 5, julio, 2018.

El 20 de junio de 2020 se cumplen 200 años de la muerte de Manuel Belgrano.



Sumario: 1. Introducción. 2. Los primeros siglos: desde el siglo XIII al siglo XVII: 2.1. La Fundación. 2.2. Detalles de los estudios jurídicos. 2.3. Alma Mater hispanoamericana. 3. La época de Manuel Belgrano como estudiante de Derecho. 4. Consideraciones finales.

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La empresa social: el modelo sostenible que quiebra el enfoque tradicional

Por Agostina Irene Coniglio y Constanza Paula Connolly. Ponencia presentada en el XIV Congreso Argentino , de Derecho Societario y X Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y la Empresa «Hacia un nuevo Derecho Societario», 2019, Rosario, Santa Fe. Publicado en el Tomo III, pág. 2573 y ss.

 

Sumario

La ponencia trata sobre el nuevo modelo organizacional que surge a nivel mundial, las empresas sociales.

El concepto de la empresa social se basa en una nueva forma de hacer negocios sostenibles y cuya conveniencia apunta a ser un vehículo mediante el cual se estructure un negocio que brinde soluciones a las problemáticas sociales.

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Lecciones de España sobre lo que hay que hacer para que el sistema concursal fracase permanentemente

Miguel Eduardo Rubín. Publicado en El Derecho los días 14 y 15 de agosto de 2019.

 

Sumario: 1.- Otra forma de aprender del Derecho Comparado. 2.- Primera lección: los sistemas pro-acreedor no son buenos, ni siquiera para los acreedores. 3.- Segunda lección: antes de apurarse a modificar la ley hay que tratar de aplicarla racionalmente. 4.- Tercera  lección: Cómo se deben importar (cuando hay que hacerlo) los institutos del Derecho Comparado. 5.- Cuarta lección: para qué sirven las estadísticas y los estudios de Economía. 6.- Quinta lección: cómo hacer para acatar formalmente las normas de la Comunidad dejando todo más o menos como estaba? 7.- Sexta lección: la torre de Babel concursal.

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Los diez trabajos más consultados durante el año 2019

Gracias por los aportes y por la consulta de todos los trabajos!

Durante el año 2019 los trabajos más consultados de esta página han sido:

  1. Prescripción y caducidad en el derecho laboral argentino y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Fabián Hilal.
  2. Libros de comercio obligatorios según el Código de Comercio por Susy Inés Bello Knoll.
  3. El Convenio de Desalojo en la Argentina a partir de la implementación del Nuevo Código Civil y Comercial por Jacqueline Berkenstadt.
  4. La obligación de llevar contabilidad por Susy Inés Bello Knoll.
  5. El contrato de franquicia  a partir del Código Civil y Comercial por Guadalupe Paez Callejas.
  6. Notas complementarias a los estados contables por Pablo Nacusi.
  7. El síndico societario y la responsabilidad social empresaria por Susy Inés Bello Knoll.
  8. Fideicomiso testamentario. Plazo máximo posible de ejercicio de la administración de los bienes del causante por parte del fiduciario por Ricardo Daniel Tapia.
  9. La obligación de llevar contabilidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación por Susy Inés Bello Knoll
  10. Análisis del art. 261 de la ley 19.550. Honorarios de directores y síndicos en la sociedad anónima por Federico Frachia Sabaris.