XLIII Encuentro de Institutos de Derecho Comercial de la Provincia de Buenos Aires, San Martín, Provincia de Buenos Aires (27 y 28 de abril de 2006).
Susy Inés Bello Knoll, Instituto de Derecho Comercial de San Isidro.
PONENCIA: El comerciante tiene la obligación jurídica de llevar contabilidad. Pero, sin embargo, no hay sanción directa por no llevar contabilidad. Tampoco importa el método que utilice el comerciante para cumplir con dicha obligación de llevar contabilidad. Sólo el método debe mostrar fielmente la realidad empresaria.