Por Susy Inés Bello Knoll. Ponencia presentada en el VI Congreso Argentino de Derecho Societario, II Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y de la Empresa (Mar del Plata, 1995).
Ponencia
No aparece apropiada una norma específica sobre sociedades anónimas trabajadores sino más bien la utilización de las figuras societarias existentes.
La regulación de limitaciones por la calidad de socios en sociedad de trabajadores trae complicaciones de orden que pueden colocar a la sociedad a la pérdida de las características especiales del tipo.
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