“La libertad, donde quiera que haya existido como realidad tangible, ha estado siempre limitada espacialmente… la libertad sólo es posible entre iguales”. Hannah Arendt
Por Mariela Inés Laghezza y Carolina Santostefano. Trabajo presentado en las V Jornadas de Jóvenes investigadores en Derecho y Cienicas Sociales 2017. Instituto de Ivestigaciones “Ambrosio L. Gioja. Facultad de Derecho- Universidad de Buenos Aires. Días18, 19 y 20 de septiembre de 2017. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sumario: I. Introducción. II. La manifestación de la religión en el ámbito laboral. II.A. La fase de selección de personal. II.B. Durante la ejecución del contrato de trabajo. III. ¿Constituye discriminación el cercenamiento del uso de vestimenta o simbología religiosa? IV. Libertad religiosa en las relaciones laborales. V. Conclusión. Bibliografía.
I. Introducción
A más globalización, más migración. Con el actual proceso de mundialización, las fronteras son porosas para el capital especulativo, la tecnología y la información.
Sin embargo, las migraciones presentan sus particularidades a la hora de desplegarse. En primer lugar, la mayor parte de ellas no son libres, son forzadas.